Resumen: La pensión de viudedad es compatible con la pensión de jubilación, pero existen ciertos límites y excepciones a tener en cuenta. Descubre cómo puedes cobrar ambas pensiones a la vez, qué ayudas son compatibles, y las implicaciones fiscales de recibir estas prestaciones simultáneamente.
¿Qué es la Pensión de Viudedad y la Pensión de Jubilación?
La pensión de viudedad es una ayuda económica destinada a los cónyuges o parejas de hecho supervivientes tras el fallecimiento de su pareja, mientras que la pensión de jubilación se otorga a los trabajadores que han alcanzado la edad legal para retirarse y cumplir con los requisitos establecidos. Ambas pensiones pueden ser esenciales para mantener un nivel de vida adecuado tras situaciones de fallecimiento o jubilación.
¿La Pensión de Viudedad y la Pensión de Jubilación Son Compatibles?
Sí, ambas pensiones son compatibles. La normativa española permite que el beneficiario reciba tanto la pensión de viudedad como la pensión de jubilación contributiva, sin importar el orden en que se causen o la situación de cada una de ellas. No obstante, hay un límite máximo para la suma de todas las pensiones percibidas, que no podrá superar el límite de pensión máxima establecido para cada ejercicio. En 2023, ese límite es de 3.058,81 euros mensuales (42.823,34 euros anuales).
¿Con Qué Ayudas Es Compatible la Pensión de Viudedad?
La pensión de viudedad es compatible con:
- Las prestaciones por desempleo
- Los subsidios por incapacidad temporal (IT), así como el subsidio por nacimiento y cuidado del menor (anteriormente denominado prestaciones de maternidad y paternidad).
- El subsidio por riesgo durante el embarazo y el subsidio por lactancia.
- La pensión contributiva de jubilación.
- La pensión contributiva de incapacidad permanente.
¿Con Qué Pensiones No Contributivas Es Incompatible la Pensión de Viudedad?
En términos generales, la pensión de viudedad es incompatible con las prestaciones asistenciales o no contributivas, como la pensión no contributiva de jubilación y la pensión no contributiva de incapacidad. Para acceder a las pensiones no contributivas, es necesario no percibir rentas. Si se complementa la pensión de viudedad con el complemento a mínimos, ya no será posible acceder a la pensión no contributiva.
Algunas Excepciones a la Compatibilidad entre las Prestaciones de Viudedad y Jubilación
En el Régimen Especial de la Minería del Carbón, el importe de la pensión de viudedad se limita a ciertas cuantías para reconocer su compatibilidad con la prestación de jubilación.
No es posible la compatibilidad entre pensiones del SOVI con otros beneficios reconocidos en otros regímenes. Sin embargo, se reconoce la compatibilidad del SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez) con la pensión de viudedad hasta cierta cuantía.
Cuando se percibe una pensión del SOVI, la suma de las prestaciones de jubilación y viudedad no puede superar el doble de la pensión mínima de viudedad para mayores de 65 años. De superarse dicho límite, se minorará la cuantía del SOVI en el importe necesario para no exceder del límite indicado.
¿Cuáles Son las Consecuencias de Cobrar una Pensión de Jubilación y una Pensión de Viudedad a la Vez a Efectos de IRPF?
Si percibes una pensión de jubilación y otra de viudedad simultáneamente, se consideran que provienen de dos pagadores a efectos de la Declaración de la Renta. Por lo tanto, no se aplicará el límite de ingresos que determina la obligación de declarar, que sería aplicable si los ingresos provinieran de un único pagador. Es decir, cuando los rendimientos íntegros del trabajo superen 22.000 euros anuales.
Cuando existen dos o más pagadores, se aplica un límite inferior que determina la obligación de declarar. Los contribuyentes cuyo rendimientos íntegros del trabajo, siendo inferiores a 22.000 euros, superen los 15.000 euros anuales y procedan de más de un pagador, y los rendimientos percibidos del segundo y restantes pagadores superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales, deberán presentar la Declaración de la Renta.
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